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Ley de ciudadanía de Portugal: veto, reevaluación y próximos cambios

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Ley de ciudadanía de Portugal: veto, reevaluación y próximos cambios

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Resumen

Eymi Castro, experta en inmigración de Immigrant Invest, ha analizado los matices de la actual revisión de la ley de ciudadanía portuguesa, desde la propuesta original del Gobierno a través de las votaciones parlamentarias, la revisión constitucional y el veto del Presidente.

El impulso parlamentario para endurecer los requisitos de ciudadanía es real y numéricamente sólido. En octubre de 2025, la Asamblea aprobó un texto sustitutivo con una contundente mayoría de 157 votos a favor. 

Sin embargo, las salvaguardas constitucionales están moldeando activamente la reforma. El Tribunal Constitucional anuló varias normas por vaguedad, efectos penales automáticos y retroactividad, lo que derivó en un veto presidencial obligatorio. 

A fecha de marzo de 2026, la norma actual de naturalización de 5 años sigue en vigor, por lo que es fundamental que los solicitantes que tengan su documentación lista agilicen la presentación antes de la reevaluación parlamentaria programada para el 1 de abril de 2026.

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Giro político inicial: 23 de junio de 2025

El 23 de junio de 2025, el XXV Gobierno Constitucional aprobó una propuesta legislativa para enmendar la Ley de Nacionalidad n.º 37/81[1].

El comunicado oficial esbozaba el objetivo principal de introducir requisitos más exigentes para la naturalización, con el fin de garantizar un vínculo real, sólido y duradero con la comunidad nacional[2].

La propuesta inicial pretendía aumentar el periodo mínimo de residencia legal a 7 años para los ciudadanos de países lusófonos (CPLP) y a 10 años para los demás ciudadanos extranjeros[1].

La propuesta también aspiraba a introducir nuevos mandatos para que los solicitantes demostraran conocimientos sobre la cultura portuguesa y la organización política del Estado, junto con una disposición para la pérdida de la nacionalidad de los ciudadanos naturalizados condenados por delitos graves[1]. Esto estableció la hoja de ruta para la posterior negociación parlamentaria.

Cambios de la comisión que definieron el decreto final: julio—octubre de 2025

Tras su presentación ante la Asamblea de la República el 25 de junio de 2025, la propuesta del gobierno se sometió a un exhaustivo proceso legislativo[3]. El proyecto de ley fue remitido a la Comisión de Asuntos Constitucionales, Derechos, Libertades y Garantías, que celebró comparecencias con las partes interesadas y recabó opiniones de expertos[3].

Este trabajo de comisión produjo un texto sustitutivo que suavizó las formas pero mantuvo el endurecimiento central de las normas. La comisión descartó la propuesta de una «Prueba de Integración Nacional y Ciudadanía»[3]. Cabe destacar que también revocó la disposición para conceder la nacionalidad a los descendientes de judíos sefardíes[3].

Votación final y remisión del decreto: 28 de octubre de 2025

El 28 de octubre de 2025, durante la Sesión Plenaria n.º 27, el texto sustitutivo se sometió a votación final[3]. Fue aprobado con 157 votos a favor y 64 en contra, convirtiéndose en el Decreto de la Asamblea de la República n.º 17/XVII[4]. Este margen decisivo superó el trámite parlamentario y trasladó el decreto al Presidente para su promulgación, preparando el terreno para la revisión constitucional.

Posición del Partido

Partidos Políticos

Recuento de Votos

A Favor

PSD, CH, IL, CDS-PP, JPP

157

En Contra

PS, L, PCP, BE, PAN

64

Abstenciones

Ninguna

0

Comienza el escrutinio constitucional: 19 de noviembre de 2025

En esas fechas, el decreto se enfrentó a su primer gran desafío legal. El 19 de noviembre de 2025, un grupo de 50 diputados presentó ante el Tribunal Constitucional una solicitud de revisión preventiva de la constitucionalidad del Decreto n.º 17/XVII[5].

Immigrant Invest publicó simultáneamente un vídeo de análisis para ofrecer una explicación concisa de lo que contenían los decretos aprobados y los aspectos que las partes interesadas debían vigilar durante la revisión constitucional.

Fallo del Tribunal Constitucional: 15 de diciembre de 2025

El 15 de diciembre de 2025, el Tribunal Constitucional dictó el Acórdão n.º 1133/2025, declarando inconstitucionales cuatro bloques específicos de normas dentro del decreto[6]. El razonamiento del tribunal se centró en gran medida en los límites de la restricción de los derechos fundamentales y la necesidad absoluta de seguridad jurídica.

Norma inconstitucional

Detalle de la disposición

Violación constitucional fundamental

Art. 6.º, n.º 1, f)

Prohibición automática de naturalización por penas de prisión ≥2 años

Viola la prohibición de efectos penales automáticos (Art. 30.º, n.º 4)[6]

Art. 9.º, n.º 1, a)

Oposición basada en comportamientos vagos de “rechazo de adhesión”

Viola la determinabilidad y la seguridad jurídica (Art. 2.º)[6]

Art. 12.º-B, n.º 3

No consolidación por adquisición “manifiestamente fraudulenta”

Viola la determinabilidad y la seguridad jurídica (Art. 2.º)[6]

Art. 7.º, nos. 3–4

Normas transitorias que aplican nuevos requisitos retroactivamente

Viola la protección de las expectativas legítimas y la confianza (Art. 2.º)[5]

Veto presidencial

El 19 de diciembre de 2025, el Presidente Marcelo Rebelo de Sousa vetó el Decreto n.º 17/XVII y lo devolvió a la Asamblea de la República sin promulgar[7]. No se trató de un veto político basado en un desacuerdo con las medidas; más bien, fue una obligación constitucional estricta[8].

Según el Artículo 279, párrafo 1, de la Constitución portuguesa, el Presidente debe vetar cualquier decreto si el Tribunal Constitucional declara inconstitucional alguna de sus normas durante una revisión preventiva[8].

Eymi Castro

Eymi Castro,

Experto en Migración por Inversión

Hasta el momento nada ha cambiado; la revisión de la Lei da Nacionalidade de Portugal pasó por todas las salvaguardas constitucionales que protegen los derechos fundamentales como la ciudadanía.

El siguiente punto de inflexión es la reevaluación del 1 de abril, donde el Parlamento puede confirmar, enmendar o dejar que el decreto caduque.

La naturalización a los cinco años sigue en vigor en marzo de 2026

Debido al veto presidencial, las enmiendas propuestas a la Ley de Nacionalidad portuguesa no están en vigor[3]. El marco actual, la Ley n.º 37/81, sigue plenamente operativa[9].

Bajo esta ley vigente, las personas aún pueden solicitar y obtener la ciudadanía portuguesa por naturalización tras mantener la residencia legal en Portugal durante un mínimo de cinco años[10]. Los requisitos más estrictos propuestos en el decreto vetado, como el aumento del periodo de residencia a 7 o 10 años, no se han promulgado.

Reevaluación el 1 de abril de 2026

El siguiente paso constitucionalmente obligatorio es la reevaluación, o reapreciação, de la legislación vetada. La agenda oficial de la 71.ª sesión plenaria del Parlamento portugués confirma que este debate está programado para el miércoles 1 de abril de 2026, a partir de las 15:00[11].

Posibles resultados de la reevaluación

Ruta de decisión de la reevaluación

Acción requerida

Impacto operativo

Modificar para cumplir

Eliminar o clarificar los cuatro grupos inconstitucionales para satisfacer las objeciones del Tribunal

Probable promulgación

Esté atento a las duraciones de residencia revisadas y a las definiciones claras; prepárese para las actualizaciones en cuestión de días

Confirmar texto original

Anular el veto, lo que requiere una supermayoría de 2/3 de los Diputados presentes (y >115 votos en total)[12]

Promulgación rápida pero mayor riesgo de litigio por normas invalidadas

El recuento de 157 votos de octubre sugiere que esto es políticamente factible

Dejar caducar

No tomar ninguna medida sobre el decreto

El statu quo persiste

Altamente improbable dada la fuerte mayoría parlamentaria anterior

¿Qué deben hacer los inversores ahora?

Immigrant Invest está siguiendo de cerca las novedades en torno a la Ley de Nacionalidad portuguesa.

En la actualidad, las enmiendas propuestas no se han promulgado debido al veto presidencial, lo que significa que la ciudadanía sigue estando disponible tras cinco años de residencia legal bajo la Ley 37/81.

Sin embargo, dada la sólida mayoría parlamentaria que aprobó las medidas más estrictas en octubre de 2025, se espera que los requisitos más rigurosos se debatan de nuevo tras la reevaluación parlamentaria del 1 de abril de 2026.

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Sobre los autores

Escrito por Eymi Castro

Experto en Migración por Inversión

Eymi está especializada en la residencia y ciudadanía europeas por inversión, con un enfoque en el Programa de Residencia Permanente de Malta y en los Golden Visa de Portugal, Grecia e Italia. Acompaña a los solicitantes en cada etapa del proceso de migración por inversión con claridad y dedicación.

Verificado por Avril Blanchette

Asesor de Migración por Inversión

Revisado por Vladlena Baranova

Jefe del Departamento Legal y de Cumplimiento de LMA, CAMS, IMCM